Columna de opinión de Provea en Correo del Caroní, redactada por Rafael Uzcátegui
La última frase del artículo 85 de nuestra Carta Magna establece la obligación estatal de supervisar y regular la prestación de servicios de los centros privados de salud. En algunos casos los servicios que prestan las clínicas no son ni adecuados ni oportunos. Además sus costos sin inaccesibles para buena parte del ciudadano común. Esta potestad, sin embargo, es distinta a promover una matriz de opinión que quiere presentar a los servicios privados como contrarios al interés de la población y culpabilizarlos de la situación de crisis del sector. Aquellas clínicas que abusen de los usuarios y usuarias bien merecen ser sancionadas, pero generalizar y convertirlas en “chivo expiatorio” de la difícil situación por la que atraviesa el sistema de salud esconde la intención de desviar la atención del problema fundamental.
La inexistencia de un servicio público eficiente motiva a muchas personas, incluso a las de muy bajos recursos, a recurrir a los servicios privados. Incluso las propias instituciones del Estado se han encargado, a través de las contrataciones de pólizas de seguro de hospitalización, cirugía y maternidad (HCM), de orientar una parte importante de la población a recurrir a los centros privados para mantener y recuperar su salud. Acudir a una clínica privada, en un país donde la salud pública es un derecho y una obligación estatal, debería ser la excepción y no la norma para quienes padezcan de alguna dolencia o necesiten alguna intervención quirúrgica de importancia.
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